Menor testigo en caso Liceo Naval viajó a EE.UU.; abogado aclara que no había impedimento

Una citación no genera restricción migratoria automática
El abogado penalista aclaró que el viaje del menor a Estados Unidos no violó ninguna orden judicial.
Mark

¿Por qué la gente pensó que el menor había cometido un error legal al viajar?

Mimi

Porque una citación judicial suena como una orden restrictiva, pero técnicamente no lo es. Muchos confunden ser testigo con estar bajo medidas cautelares.

Luke

Pero espera—¿la jueza no podría haber ordenado una restricción migratoria si lo hubiera querido? ¿Por qué no lo hizo?

Mimi

Exacto. No hay indicios en la fuente de que la jueza considerara necesario restringir la salida de estos menores. Aparentemente, no había riesgo de que no comparecieran.

Mark

Entonces el viaje fue legal, pero ¿qué pasa si el menor se niega a declarar virtualmente el 9 de octubre?

Mimi

Ahí sí hay consecuencias. La jueza puede ordenar conducción compulsiva o multar a los padres. La obligación de testificar sigue vigente.

Luke

Aunque la fuente no especifica cuánto sería la multa ni cómo se ejecutaría la conducción compulsiva desde el extranjero. Eso queda abierto.

Mark

¿Hay alguna razón por la que el menor y su madre hayan viajado justo antes de la diligencia?

Mimi

La fuente no lo dice. Podría ser coincidencia, o podrían haber planeado el viaje sin saber las fechas exactas.

Luke

O sabían las fechas y confiaban en que la videoconferencia sería suficiente. Pero eso es especulación.

Mark

¿Qué tan común es que testigos declaren virtualmente en casos como este?

Mimi

Es cada vez más normal, especialmente después de la pandemia. Pero en casos que involucran menores, hay consideraciones adicionales sobre cómo se protege su privacidad y seguridad.

Luke

Aunque la fuente no menciona si hay protecciones especiales para menores testigos en este caso específico.

  • Un menor testigo del caso Liceo Naval salió del país días antes de su comparecencia programada, encendiendo alarmas sobre un posible incumplimiento judicial.
  • Un penalista salió a aclarar que ninguna citación como testigo genera automáticamente una restricción migratoria, disipando la confusión legal.
  • La jueza Roxana Palacios tiene previsto recibir el 9 de octubre las declaraciones de cuatro adolescentes vinculados al caso como testigos.
  • El menor en EE.UU. podría declarar por videoconferencia, una opción que el sistema judicial peruano ya contempla como válida.
  • Si alguno de los citados no comparece —presencial o virtualmente— sin justificación, la jueza puede ordenar su conducción compulsiva o multar a sus tutores.

En el marco del caso Liceo Naval, un adolescente citado como testigo viajó a Estados Unidos el 22 de septiembre junto a su madre, días antes de la diligencia judicial fijada para el 9 de octubre. Su partida, que generó dudas públicas, resultó ser legalmente válida: una citación como testigo no impone restricción migratoria en el sistema peruano. El episodio revela cómo la justicia moderna debe adaptarse a la movilidad humana sin perder de vista su deber de reunir la verdad.

Un adolescente citado como testigo en el caso Liceo Naval viajó a Estados Unidos el 22 de septiembre acompañado por su madre, pocos días antes de la diligencia judicial programada para el 9 de octubre. El viaje despertó interrogantes sobre si el menor había infringido alguna restricción legal, pero el penalista Marco Antonio Zamata aclaró públicamente que una simple citación como testigo no impone impedimento migratorio alguno en el Perú. Su salida del país, por tanto, no constituyó incumplimiento de ninguna orden judicial.

Zamata precisó que los cuatro adolescentes convocados por la jueza Roxana Isabel Palacios Yactayo conservan plena libertad de movimiento mientras no exista una resolución específica que limite su tránsito. La diligencia del viernes 9 de octubre busca recoger sus testimonios como parte de la investigación en curso, y el sistema judicial peruano ofrece dos vías para cumplir con esa obligación: la comparecencia presencial o la declaración mediante videoconferencia.

Esta segunda opción resulta clave para el menor que se encuentra en el extranjero, pues le permite testificar sin necesidad de regresar al país. No obstante, el abogado advirtió que la inasistencia injustificada —sea presencial o virtual— podría derivar en medidas coercitivas como la conducción compulsiva, además de sanciones económicas para los padres o tutores. El caso pone de relieve la tensión permanente entre la eficacia del proceso penal y la protección de los derechos de los menores y sus familias.

Un adolescente que fue citado como testigo en el caso Liceo Naval abandonó el país el 22 de septiembre, viajando a Estados Unidos acompañado por su madre. El viaje ocurrió días antes de la diligencia judicial programada para que declarara, lo que generó interrogantes sobre si había violado alguna restricción legal. Sin embargo, un abogado penalista especializado aclaró que el menor no enfrentaba ningún impedimento formal para salir de Perú, y por lo tanto su desplazamiento no constituyó incumplimiento de orden judicial alguna.

Marco Antonio Zamata, penalista, explicó en declaraciones públicas que una simple citación como testigo no genera automáticamente una restricción migratoria. Esta distinción es importante en el sistema judicial peruano: ser llamado a declarar no equivale a estar prohibido de abandonar el territorio nacional. El especialista subrayó que los cuatro adolescentes citados en este caso —de los cuales uno ya se encuentra en el extranjero— mantienen libertad de movimiento mientras no exista una orden judicial específica que restrinja su salida.

La jueza Roxana Isabel Palacios Yactayo programó para el viernes 9 de octubre la comparecencia de los cuatro menores testigos. Esta diligencia forma parte de las actuaciones en curso del caso Liceo Naval y busca recopilar sus declaraciones como parte de la investigación. El sistema judicial peruano contempla flexibilidad en cómo pueden participar los testigos en estas diligencias, lo que abre una solución práctica para la situación actual.

Zamata indicó que los adolescentes pueden presentarse de dos formas: presencialmente en la sala de audiencias o mediante conexión virtual. Esta segunda opción resulta particularmente relevante para el menor que actualmente se encuentra en Estados Unidos, permitiéndole brindar su testimonio sin necesidad de regresar al país. La tecnología de videoconferencia se ha convertido en una herramienta estándar en los procedimientos judiciales modernos, facilitando la participación de testigos ubicados en diferentes jurisdicciones.

Sin embargo, el abogado también advirtió sobre las consecuencias si alguno de los citados no comparece sin justificación válida. Si el menor que viajó a Estados Unidos o cualquiera de los otros tres adolescentes no participa en la diligencia —ya sea presencialmente o por vía virtual— sin una razón legítima, la jueza tiene autoridad para tomar medidas coercitivas. Entre estas se encuentra la conducción compulsiva, un mecanismo legal que obliga la asistencia del testigo. Además, los padres o tutores podrían enfrentar sanciones económicas, cuya magnitud dependerá de las circunstancias específicas y de lo que determine la autoridad judicial.

Esta situación ilustra la complejidad de los procedimientos judicales cuando intervienen menores de edad. El derecho procesal penal debe equilibrar la necesidad de recopilar pruebas y testimonios con la protección de los derechos de los menores y sus familias. En este caso, aunque el viaje del adolescente a Estados Unidos fue legalmente permisible, su participación en la diligencia del 9 de octubre sigue siendo obligatoria, aunque pueda realizarse desde el extranjero. La flexibilidad del sistema permite que la justicia continúe su curso sin requerir el regreso inmediato del testigo, siempre que este cumpla con su deber de declarar.

No existe un impedimento para que los menores citados como testigos puedan salir del país
— Marco Antonio Zamata, abogado penalista
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