JEE declara improcedente candidatura de Mario Vizcarra al Senado por condena de peculado

La condena por peculado representa un impedimento que no puede ser salvado
El tribunal electoral aplicó restricciones constitucionales que cierran permanentemente la puerta política a condenados por corrupción.

En el Perú preelectoral, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 cerró el camino político de Mario Vizcarra al excluirlo de la lista senatorial de Perú Primero, sustentándose en una condena firme por peculado. La decisión no es un accidente burocrático sino la expresión de un principio constitucional: quienes han traicionado el bien público no pueden aspirar a administrarlo nuevamente. Así, la ley actúa como memoria institucional, recordando que las consecuencias de la corrupción trascienden el tiempo y la rehabilitación.

  • Una condena firme por peculado convierte a Vizcarra en candidato inelegible, sin importar el tiempo transcurrido ni su rehabilitación legal.
  • La exclusión sacude a Perú Primero en plena campaña: su candidato número uno al Senado desaparece de la lista de un plumazo.
  • Junto a Vizcarra, el JEE también separó a Adela Córdova, aunque admitió parcialmente la candidatura del partido tras los cambios.
  • La Resolución N° 00168-2026 aplica simultáneamente la Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 34-A de la Constitución, cerrando toda vía de interpretación favorable.
  • Perú Primero debe reorganizar su estrategia senatorial desde cero, con su figura principal fuera de la contienda y el calendario electoral en marcha.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 excluyó a Mario Enrique Vizcarra Cornejo de la lista senatorial del partido Perú Primero, donde figuraba como candidato número uno. El motivo es una sentencia condenatoria firme por el delito de peculado, un impedimento que la ley peruana considera insalvable.

La Resolución N° 00168-2026 se apoya en dos normas que no admiten excepciones: el artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 34-A de la Constitución Política. Ambos prohíben categóricamente que personas condenadas por delitos de corrupción de funcionarios participen como candidatos, incluso si han sido rehabilitadas. La condena de Vizcarra, en ese sentido, representa una barrera permanente.

Además de Vizcarra, el JEE separó también a Adela Córdova de la nómina, aunque admitió parcialmente la candidatura del partido luego de realizados ambos cambios. La decisión obliga a Perú Primero a reorganizar su estrategia senatorial en plena campaña, con su principal figura ya fuera de la carrera.

El fallo reafirma que, en el sistema electoral peruano, las prohibiciones por corrupción funcionan como barreras permanentes: ningún mecanismo legal ni el paso del tiempo pueden restituir el derecho a competir una vez que existe una condena firme por este tipo de delitos.

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 tomó una decisión que cierra definitivamente una puerta política. Mario Enrique Vizcarra Cornejo, quien se presentaba como candidato número uno a la lista senatorial por el partido Perú Primero, ha sido excluido de la contienda electoral. La razón es clara y sin matices: una sentencia condenatoria firme por el delito de peculado.

La resolución que formaliza esta exclusión lleva el número 00168-2026-JEE-LIC2/JNE y se sustenta en dos pilares legales que no dejan espacio para interpretación. El artículo 113 de la Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 34-A de la Constitución Política establecen una prohibición categórica: quienes han sido condenados por delitos de corrupción de funcionarios no pueden ser candidatos. Esta restricción se mantiene incluso si la persona ha sido rehabilitada, lo que significa que la condena de Vizcarra representa un impedimento que no puede ser salvado por el paso del tiempo ni por ningún otro mecanismo legal.

La decisión del tribunal electoral afecta directamente la estructura de la candidatura de Perú Primero para el Senado. Al remover al candidato que encabezaba la lista, la composición de la nómina se ve alterada. Además de Vizcarra, el JEE también separó a Adela Córdova de la lista, aunque en este caso la resolución admitió parcialmente la candidatura del partido después de realizar estos cambios.

Esta exclusión representa la aplicación concreta de las normas que rigen la integridad del proceso electoral peruano. Los tribunales electorales especiales tienen la responsabilidad de verificar que todos los candidatos cumplan con los requisitos legales para participar, y en este caso, la verificación reveló un impedimento insalvable. La sentencia condenatoria firme por peculado —un delito que implica el uso indebido de fondos públicos por parte de un funcionario— es precisamente el tipo de antecedente que la ley busca excluir del proceso electoral.

La resolución marca un punto de inflexión en la campaña de Perú Primero. Con su candidato principal fuera de la carrera, el partido debe reorganizar su estrategia y sus prioridades para la contienda senatorial. La decisión también reafirma que, en el sistema electoral peruano, las prohibiciones por corrupción funcionan como barreras permanentes, sin excepciones que permitan a los condenados regresar a la competencia política, independientemente de cuánto tiempo haya transcurrido desde la sentencia.

La exclusión se fundamenta en que Vizcarra registra una sentencia condenatoria firme por el delito de peculado, constituyendo un impedimento insubsanable
— Resolución N° 00168-2026-JEE-LIC2/JNE
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Inventor

¿Por qué una condena por peculado es tan definitiva? ¿No hay forma de que alguien condenado pueda rehabilitarse políticamente?

Model

La ley es clara: la corrupción de funcionarios es una línea que no se cruza en el sistema electoral peruano. No importa si pasaron años o si la persona cambió. La Constitución dice que no, y punto.

Inventor

Entonces, ¿esto significa que Vizcarra nunca podrá volver a ser candidato?

Model

Exactamente. A menos que la Constitución cambie, esa puerta está cerrada. Es una prohibición permanente, no temporal.

Inventor

¿Qué pasa con Perú Primero ahora? ¿Pierden toda su lista?

Model

No, el tribunal admitió parcialmente la candidatura después de separar a Vizcarra y a Córdova. Pero pierden a su candidato número uno, lo que es un golpe importante para cualquier partido.

Inventor

¿Este tipo de decisiones son comunes en el Perú?

Model

Sí, pero cada caso depende de los antecedentes específicos. Lo que es común es que los tribunales electorales apliquen estas restricciones sin excepción cuando hay una sentencia firme por corrupción.

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¿Qué mensaje envía esto al resto de la clase política?

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Que las consecuencias de una condena por corrupción son permanentes y públicas. No hay forma de esquivarlas en una candidatura.

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