Maduro firma decreto de conmoción externa que le otorgaría poderes casi totales en Venezuela

El decreto potencialmente afecta los derechos constitucionales de millones de venezolanos al permitir restricciones generalizadas de garantías fundamentales sin transparencia pública.
Viven bajo una medida de excepción sin conocer sus límites
Las organizaciones de derechos humanos advierten sobre la falta de publicación del decreto que restringe garantías constitucionales.

Por primera vez en veintiséis años, Venezuela ha invocado un estado de conmoción externa, otorgando al presidente Nicolás Maduro poderes extraordinarios bajo el argumento de una amenaza proveniente de Washington. El decreto, firmado en silencio y aún sin publicar, convierte la incertidumbre en instrumento de gobierno: millones de venezolanos desconocen qué derechos les han sido restringidos y en qué medida. En la historia de las democracias frágiles, el secreto no es un detalle administrativo, sino una declaración de intenciones.

  • Venezuela activa por primera vez desde 1999 su mecanismo constitucional más extremo, concentrando en Maduro poderes que abarcan desde el control militar hasta el cierre total de fronteras.
  • El decreto permanece sin publicar, dejando a la ciudadanía sin saber qué garantías constitucionales han sido suspendidas en este preciso momento.
  • Organizaciones jurídicas como Acceso a la Justicia advierten que mantener en secreto una medida de esta magnitud es, en sí mismo, una violación grave del Estado de derecho.
  • Expertos constitucionales señalan que los fundamentos legales son endebles: Estados Unidos no ha declarado la guerra ni atacado territorio venezolano, lo que hace cuestionable la invocación del decreto.
  • Con una Asamblea Nacional oficialista y tribunales sin independencia real, no existen contrapesos efectivos que puedan revertir o limitar el alcance de la medida.

El lunes pasado, mientras Estados Unidos desplegaba fuerzas militares en el Caribe, la vicepresidenta Delcy Rodríguez anunció ante el Consejo Nacional por la Soberanía y la Paz que Nicolás Maduro había firmado un decreto de conmoción externa. Era la primera vez en veintiséis años que Venezuela recurría a este mecanismo desde la Constitución de 1999. La justificación oficial apuntó a lo que el Gobierno describió como amenazas peligrosas provenientes de Washington, vinculadas al interés estadounidense en las reservas venezolanas de petróleo y minerales.

El problema más inmediato es que el decreto no ha sido publicado. Nadie sabe con exactitud qué derechos han sido restringidos ni cuáles son los límites reales de la medida. Acceso a la Justicia urgió al Ejecutivo a divulgar el documento, advirtiendo que mantenerlo en secreto es sumamente grave para una sociedad que necesita conocer el alcance de las restricciones que la afectan.

Según la Constitución, este tipo de decreto puede decretarse cuando un conflicto pone seriamente en peligro la seguridad nacional. Entra en vigor al ser dictado en Consejo de Ministros, sin necesidad de publicación previa, y puede extenderse hasta ciento ochenta días. Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela, explicó que la medida otorga al presidente las facultades más amplias en los ámbitos político, económico y social, aunque la Constitución preserva derechos intangibles como la vida y la prohibición de tortura.

De activarse plenamente, el decreto permitiría a Maduro movilizar a la Fuerza Armada, tomar control de la infraestructura petrolera y de servicios públicos, cerrar todas las fronteras y ejecutar planes económicos sin restricción aparente. Apitz advirtió que, mientras el Gobierno mantenga la amenaza estadounidense como justificación, podría convocar alistamiento obligatorio o expropiar bienes en cualquier momento.

Sin embargo, el mismo experto cuestionó los fundamentos legales: Estados Unidos no ha declarado la guerra a Venezuela ni ha realizado ataques en su territorio. Las operaciones militares de Trump en el Caribe, presentadas como acciones antinarcóticos, no constituyen una agresión directa que justifique el decreto. Maduro anunció un proceso de consultas, pero sin detalles ni participación pública. Los mecanismos constitucionales para esa consulta no se cumplieron. Con una Asamblea Nacional oficialista y un poder judicial sin independencia real, Apitz concluyó que no existen contrapesos efectivos frente al Ejecutivo.

El lunes pasado, mientras Estados Unidos desplegaba fuerzas militares en el Caribe, el Gobierno de Venezuela anunció que el presidente Nicolás Maduro había firmado un decreto de conmoción externa. La vicepresidenta ejecutiva Delcy Rodríguez hizo el anuncio ante el Consejo Nacional por la Soberanía y la Paz en Caracas, argumentando que la medida respondía a lo que describió como amenazas peligrosas provenientes de Washington. Fue la primera vez en veintiséis años que Venezuela invocaba este mecanismo constitucional desde la aprobación de la Carta Magna en 1999.

El problema inmediato es que nadie sabe exactamente qué dice el decreto. El Gobierno no lo ha publicado. Sin conocer su contenido específico, los ciudadanos desconocen qué derechos están siendo restringidos en este momento. Acceso a la Justicia, una organización de defensa legal, urgió al Ejecutivo a que divulgara el documento para que la población pudiera entender sus límites y alcances. La organización advirtió que es sumamente grave mantener en secreto una medida de esta magnitud.

Según la Constitución venezolana, un estado de conmoción externa puede ser decretado cuando un conflicto pone seriamente en peligro la seguridad nacional. Es uno de cuatro estados de excepción contemplados en la ley, junto con los de alarma (por catástrofes naturales), emergencia económica (que ya está vigente) y conmoción interna. Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela, explicó a CNN que este tipo de decreto implica la restricción de garantías constitucionales. El abogado enfatizó que la ley otorga al presidente las facultades más amplias desde los puntos de vista político, económico y social, aunque la Constitución mantiene protecciones para derechos intangibles como la vida, la prohibición de tortura y el debido proceso.

La medida entra en vigor una vez que el presidente la dicta en Consejo de Ministros, sin necesidad de publicación previa. Tiene una duración inicial de noventa días, prorrogable por otros noventa. Rodríguez afirmó que el decreto se activaría de manera inmediata en caso de cualquier agresión contra el país. Maduro, por su parte, sostuvo en su programa televisivo que Venezuela ya ha sido agredida económicamente, psicológicamente y políticamente.

La justificación oficial es que Estados Unidos amenaza a Venezuela porque necesita acceso a sus grandes reservas de petróleo y minerales. El presidente estadounidense Donald Trump ha anunciado en las últimas semanas al menos tres operaciones letales contra embarcaciones presuntamente cargadas de drogas en aguas del Caribe, en las que murieron más de una docena de personas identificadas como narcotraficantes. Sin embargo, la Casa Blanca no ha presentado evidencias concretas ni datos de inteligencia que confirmen que los abatidos eran delincuentes. Para Apitz, los fundamentos legales para un decreto de conmoción externa no existen, ya que Estados Unidos no ha declarado la guerra a Venezuela ni ha realizado ataques en su territorio.

Si se activa, el decreto permitiría a Maduro movilizar a la Fuerza Armada, tomar control militar de la infraestructura de servicios públicos, la industria petrolera y empresas básicas. Podría cerrar todas las fronteras terrestres, marítimas y aéreas. Podría activar planes económicos, políticos y sociales sin restricción aparente. Apitz advirtió que mientras el Gobierno se justifique en la amenaza estadounidense, podría tomar medidas extraordinarias como convocar alistamiento obligatorio o expropiar bienes, en cualquier momento que lo considere necesario.

Maduro informó que ha comenzado un proceso de consultas sobre el decreto, pero sin proporcionar detalles. Apitz señaló que desconoce dónde ocurrió ese proceso. No fue público. No se consultó a la sociedad civil, a las organizaciones no gubernamentales, a las universidades. Los mecanismos constitucionales para esa consulta no se cumplieron. Aunque el decreto podría ser revertido por la Asamblea Nacional, que tiene mayoría oficialista, o por los tribunales, Apitz concluyó que no hay contrapesos reales para el Poder Ejecutivo.

Un decreto de estado de conmoción exterior implica la restricción de garantías constitucionales
— Juan Carlos Apitz, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Central de Venezuela
Es sumamente grave que no se haya difundido el documento porque se desconocen cuáles garantías están siendo restringidas en este momento
— Acceso a la Justicia, organización de defensa legal
The Hearth Conversation Another angle on the story
Inventor

¿Por qué es tan importante que el decreto no haya sido publicado?

Model

Porque la gente no sabe qué derechos ha perdido. Viven bajo una medida de excepción sin conocer sus límites. Es como vivir bajo una ley que nadie puede leer.

Inventor

¿Realmente existe una amenaza estadounidense que justifique esto?

Model

Esa es la pregunta central. Trump ha anunciado operaciones en el Caribe, pero sin presentar pruebas de que los abatidos eran narcotraficantes. No hay declaración de guerra, no hay ataques en territorio venezolano. Los expertos legales dicen que los fundamentos no están dados.

Inventor

¿Qué puede hacer Maduro con estos poderes?

Model

Prácticamente cualquier cosa que justifique como defensa nacional. Movilizar el ejército, cerrar fronteras, controlar la industria petrolera, expropiar bienes, convocar alistamiento obligatorio. Mientras diga que es contra la amenaza estadounidense, tiene cobertura legal.

Inventor

¿Hay algún freno a estos poderes?

Model

Teóricamente la Asamblea Nacional o los tribunales podrían revertirlo. Pero la Asamblea es oficialista y los tribunales están bajo control del Ejecutivo. No hay contrapesos reales.

Inventor

¿Qué significa esto para los venezolanos comunes?

Model

Significa vivir bajo restricciones constitucionales sin saber cuáles son. Significa que el Gobierno tiene facultades extraordinarias por ciento ochenta días, prorrogables. Significa que los derechos fundamentales están suspendidos, aunque oficialmente se mantienen algunos intangibles.

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