Empresas enfrentan multas de hasta S/ 3.8 millones por uso indebido del Mundial 2026

El entusiasmo por sumarse a la fiebre mundialista no exime a las organizaciones de cumplir con las normas
Las empresas peruanas deben verificar autorizaciones antes de usar cualquier elemento del Mundial 2026 en sus campañas comerciales.

Con el Mundial 2026 en el horizonte, el entusiasmo comercial choca con los límites de la propiedad intelectual: las empresas peruanas que busquen capitalizar la fiebre futbolística sin las autorizaciones debidas podrían enfrentar multas de hasta S/ 3.8 millones. Es una tensión tan antigua como el comercio mismo —la tentación de apropiarse del brillo ajeno— pero con consecuencias modernas y precisas. Especialistas advierten que la celebración colectiva no exime a las organizaciones de sus obligaciones legales, y que la debida diligencia es, hoy, tan urgente como cualquier estrategia de marketing.

  • El fervor mundialista empuja a empresas de todos los sectores a asociarse con el torneo, muchas veces sin medir las implicancias legales de hacerlo.
  • Las multas son concretas y severas: hasta S/ 825,000 por uso indebido de marcas y hasta S/ 3.8 millones por explotar la reputación ajena sin autorización.
  • El riesgo no se limita a logos o nombres: hashtags, dominios web, contenidos gráficos y transmisiones públicas de partidos también están bajo el radar legal.
  • Bares, restaurantes y centros comerciales que proyecten los partidos para atraer clientes deben obtener licencias previas, o quedan expuestos a acciones legales.
  • Especialistas de EY Law urgen a las empresas a verificar su cumplimiento normativo antes del inicio del torneo, advirtiendo que el daño reputacional puede ser tan grave como la sanción económica.

A medida que el Mundial 2026 se acerca, muchas empresas peruanas evalúan cómo sumarse a la celebración: promociones especiales, activaciones comerciales, transmisiones de partidos en sus locales. Lo que no siempre calculan es el costo legal de hacerlo sin las autorizaciones correspondientes. Especialistas en derecho comercial advierten que el uso no autorizado de marcas, logotipos, símbolos o transmisiones vinculadas al campeonato puede derivar en sanciones de hasta S/ 3.8 millones.

Según Bruno Mejía, líder de Competencia y Mercados en EY Law, existen usos permitidos y no permitidos, y la línea que los separa no siempre es evidente. Incorporar elementos registrados del torneo en campañas publicitarias puede generar multas de hasta S/ 825,000 por uso indebido de marcas, mientras que explotar la reputación ajena sin autorización puede elevar esa cifra a S/ 3.8 millones. A ello se suma el riesgo reputacional para la empresa infractora.

El entorno digital no queda exento: lanzar campañas con hashtags del torneo o registrar dominios con referencias al Mundial sin permiso también expone a las organizaciones a acciones legales. Y en el mundo físico, bares, restaurantes y centros comerciales que proyecten los partidos en pantallas grandes para atraer público deben contar con licencias otorgadas por los titulares de los derechos, ya que estas transmisiones están protegidas por la normativa de derechos de autor en Perú.

Los especialistas concluyen que verificar el cumplimiento normativo antes del inicio del torneo no es un trámite opcional, sino una necesidad operativa. Las empresas que omitan esta diligencia no solo arriesgan multas significativas, sino también un daño a su imagen que podría afectar su posición en el mercado.

A medida que el Mundial 2026 se aproxima, las empresas peruanas enfrentan una realidad incómoda: el entusiasmo por conectar con los aficionados al torneo puede resultar costoso si no se respetan las reglas. Especialistas en derecho comercial advierten que cualquier organización que intente aprovechar la fiebre mundialista mediante el uso de marcas, símbolos, logotipos o transmisiones vinculadas al campeonato sin las autorizaciones correspondientes podría enfrentar sanciones económicas de hasta S/ 3.8 millones.

El atractivo del Mundial es innegable. Marcas de consumo masivo, restaurantes, bares, centros comerciales, operadores de apuestas deportivas y empresas de diversos sectores están evaluando iniciativas para sumarse a la celebración. Algunos planean promociones especiales, otros piensan en activaciones comerciales, y muchos consideran transmitir los partidos en sus establecimientos para atraer clientes. El problema es que la mayoría de estas actividades no constituye un uso libre de los activos del torneo. Según Bruno Mejía, líder de Competencia y Mercados en EY Law, la división legal de la consultora Ernst & Young, existen usos permitidos y no permitidos, y las empresas deben evitar cualquier acción que genere una asociación comercial no autorizada con el campeonato o sus organizadores.

El riesgo más evidente reside en el uso no autorizado de signos distintivos protegidos. Cuando una empresa incorpora nombres, logotipos, símbolos o cualquier elemento registrado en sus campañas publicitarias o promociones comerciales, incurre en una violación que puede generar contingencias legales significativas. Las sanciones contempladas por la legislación peruana son sustanciales: las organizaciones podrían enfrentar multas de hasta S/ 825,000 (150 UIT) por uso indebido de marcas y de hasta S/ 3.8 millones (700 UIT) por actos de explotación indebida de la reputación ajena. Más allá de las multas, existe también un impacto potencial en la imagen corporativa de la empresa infractora.

El entorno digital amplifica estas alertas. El uso de hashtags, nombres de dominio, contenidos gráficos o referencias relacionadas con el Mundial para obtener beneficios comerciales puede ser interpretado como un aprovechamiento indebido de la notoriedad del torneo, especialmente cuando existe una finalidad promocional o publicitaria clara. Una empresa que lance una campaña con el hashtag del torneo o registre un dominio que incluya referencias al campeonato sin autorización está exponiéndose a acciones legales.

Otro aspecto crítico concierne a las transmisiones públicas de los partidos. Es habitual que durante los mundiales, bares, restaurantes y centros comerciales organicen eventos para atraer clientes, proyectando los encuentros en pantallas grandes. Sin embargo, estas actividades no constituyen un uso libre de los contenidos. Las transmisiones o proyecciones públicas de los encuentros pueden requerir licencias otorgadas por los titulares de los derechos correspondientes. Debido a que estos contenidos están protegidos por las normas de derechos de autor en Perú, las empresas interesadas en incorporarlos dentro de sus estrategias comerciales deben verificar previamente el cumplimiento de las autorizaciones exigidas.

Los especialistas de EY Law subrayan que cualquier compañía que planee desarrollar actividades comerciales o comunicaciones relacionadas con el Mundial debe considerar tanto las directrices establecidas por la entidad organizadora como la normativa peruana en materia de propiedad intelectual, derechos de autor y competencia desleal. A medida que se acerca el inicio de la competición, la verificación de cumplimiento normativo no es un lujo sino una necesidad operativa. Las empresas que no realicen esta debida diligencia corren el riesgo de enfrentar no solo multas económicas significativas, sino también daños reputacionales que podrían afectar su posición en el mercado.

Las empresas deben evitar cualquier acción que pueda generar una asociación comercial no autorizada con el campeonato o con sus organizadores
— Bruno Mejía, Líder de Competencia y Mercados de EY Law
La Conversación del Hearth Otra perspectiva de la historia
Inventor

¿Por qué las empresas no pueden simplemente usar el nombre del Mundial en sus promociones? Parece algo natural.

Model

Porque el torneo y todos sus elementos visuales y nominales son propiedad intelectual protegida. No es diferente a usar el logo de Nike sin permiso. El Mundial es un activo comercial controlado, y solo quienes pagan por los derechos pueden usarlo legalmente.

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Pero si un bar transmite un partido, ¿no está simplemente mostrando algo que ya está en televisión?

Model

Esa es la confusión común. Transmitir públicamente es diferente a ver en casa. Cuando proyectas un partido en un espacio comercial para atraer clientes, estás monetizando ese contenido. Eso requiere una licencia específica del titular de los derechos.

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¿Qué pasa con algo tan simple como un hashtag en redes sociales?

Model

Un hashtag vinculado al Mundial con fines comerciales también puede ser problemático. Si una empresa lo usa para promocionar sus productos o servicios, está aprovechando la notoriedad del torneo sin autorización. La intención comercial es lo que activa la violación.

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¿Cuál es el peor escenario para una empresa?

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Una multa de S/ 3.8 millones por explotación de reputación ajena, más el daño a su imagen pública. Pero el verdadero costo es que la empresa queda asociada a una violación legal, lo que afecta su credibilidad con clientes y socios.

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