La alerta debe activarse en menos de 24 horas desde la denuncia
En República Dominicana, la ausencia de un mecanismo estructurado para encontrar a quienes desaparecen ha tenido un costo humano silencioso durante décadas. Esta semana, el presidente Luis Abinader promulgó la Ley 25-26, conocida como Alertas RD, que convierte la búsqueda de personas desaparecidas en una obligación institucional coordinada, con plazos, canales y responsabilidades definidas. El sistema reconoce que no toda desaparición es igual: distingue entre niños, adultos mayores, personas con discapacidad y mujeres en riesgo de violencia, ajustando la respuesta del Estado a la vulnerabilidad específica de cada persona. Es un paso hacia una sociedad que no deja pasar el tiempo antes de buscar a los suyos.
- República Dominicana carecía de un protocolo unificado para responder a las desapariciones, dejando a familias y autoridades sin una hoja de ruta clara en las horas más críticas.
- La nueva ley exige que la alerta se active en menos de 24 horas desde la denuncia, convirtiendo la urgencia en mandato legal y no en buena voluntad institucional.
- El sistema clasifica cada caso según el perfil de la víctima —Amber, Silver, Azul o Rosa— para que la respuesta del Estado no sea genérica sino proporcional al riesgo real.
- Un Registro Nacional centralizado y de consulta pública permitirá rastrear el estado de cada búsqueda, mientras un Consejo Nacional coordinará la estrategia entre instituciones.
- Los funcionarios que omitan reportar o entorpezcan los procedimientos enfrentarán sanciones formales, cerrando la puerta a la inacción burocrática que históricamente ha costado vidas.
El presidente Luis Abinader promulgó esta semana la Ley 25-26, que pone en marcha las Alertas RD, un sistema nacional diseñado para acelerar la búsqueda de personas desaparecidas en el país. La norma obliga a la Policía Nacional y al Ministerio Público a activar una alerta en menos de 24 horas desde que se presenta la denuncia, ya sea de forma presencial o telefónica.
Una vez activada, la información se difunde simultáneamente por redes sociales, medios tradicionales, terminales de transporte y plataformas digitales. Cada alerta tiene una vigencia inicial de cinco días, prorrogable cuantas veces sea necesario. El sistema distingue cuatro tipos de alerta según el perfil de la persona desaparecida: Amber para menores, Silver para adultos mayores de 65 años, Azul para personas con discapacidad y Rosa para mujeres en contextos de violencia de género o trata.
La ley también crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada con acceso público que incluye descripciones físicas, fotografías, estado de la búsqueda e información médica, administrada bajo criterios de protección a la intimidad. Para coordinar el sistema en su conjunto, se establece el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía.
Como medida de rendición de cuentas, la norma contempla sanciones por faltas graves para los servidores públicos que conozcan un caso y omitan reportarlo o entorpezcan los procedimientos, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que pudieran corresponder. Con su publicación en la Gaceta Oficial, el Estado dominicano formaliza por primera vez un marco institucional completo para no dejar sola a ninguna familia en la búsqueda de sus desaparecidos.
El presidente Luis Abinader firmó esta semana la Ley 25-26, que pone en marcha un nuevo sistema nacional para buscar personas desaparecidas. Se llama Alertas RD, y funciona como un mecanismo de difusión rápida y masiva que activa la Policía Nacional y el Ministerio Público cuando alguien desaparece o enfrenta un peligro inmediato.
La ley obliga a que la alerta se active en menos de 24 horas desde que se presenta la denuncia, ya sea en persona o por teléfono. Una vez activada, la información circula por redes sociales, medios de comunicación tradicionales, terminales de transporte, plataformas digitales y boletines policiales. Cada alerta tiene una vigencia inicial de cinco días calendario, pero puede prorrogarse cuantas veces sea necesario mientras dure la búsqueda.
El sistema clasifica las alertas según quién sea la persona desaparecida. La Alerta Amber es exclusiva para niños, niñas y adolescentes. La Alerta Silver se usa para adultos mayores de 65 años. La Alerta Azul se aplica cuando desaparece una persona con discapacidad física o mental. Y la Alerta Rosa está reservada para mujeres en contextos de violencia de género o trata de personas. Esta tipificación permite que la respuesta institucional se ajuste al riesgo y la condición específica de cada caso.
La ley también crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas, una base de datos centralizada que administra y supervisa la Policía Nacional. El registro incluye una plataforma de consulta pública que contiene datos personales, descripciones físicas, fotografías, estado de la búsqueda e información médica de las víctimas. El acceso a estos datos se rige por la protección del derecho a la intimidad.
Para coordinar todo el sistema, la ley establece el Consejo Nacional para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, adscrito al Ministerio de Interior y Policía y presidido por el titular de esa cartera. El consejo tiene carácter consultivo y es responsable de la dirección estratégica del sistema.
La norma también incluye sanciones para los servidores públicos que conozcan un caso de desaparición y omitan informarlo u obstruyan los procedimientos establecidos. Esos funcionarios enfrentarán sanciones por faltas graves bajo la Ley de Función Pública, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que correspondan. Con la promulgación y publicación de la Ley 25-26 en la Gaceta Oficial, el Gobierno dominicano formaliza este nuevo marco para la búsqueda de personas desaparecidas en el país.
Citações Notáveis
La Policía Nacional o el Ministerio Público deberán activar la alerta de manera conjunta e inmediata después de valorar la denuncia— Presidencia de la República
Los servidores públicos que conozcan un caso de desaparición y omitan informarlo enfrentarán sanciones por faltas graves— Ley 25-26
A Conversa do Hearth Outra perspectiva sobre a história
¿Por qué el Gobierno decidió crear un sistema específico de alertas en lugar de confiar en los procedimientos policiales existentes?
Porque los procedimientos antiguos eran lentos. Una persona desaparecida necesita que la información llegue a la calle en horas, no en días. El sistema anterior no garantizaba eso. Las alertas masivas funcionan porque ponen los ojos de toda la población a trabajar.
¿Qué diferencia hay entre una Alerta Amber y una Alerta Rosa?
La Amber es para menores porque los niños desaparecidos enfrentan riesgos muy específicos y el tiempo es crítico. La Rosa reconoce que las mujeres desaparecidas en contextos de violencia de género o trata enfrentan un tipo de peligro distinto. La clasificación permite que cada alerta comunique la urgencia correcta.
¿Quién decide si se activa una alerta o no?
La Policía Nacional y el Ministerio Público actúan juntos. Reciben la denuncia, la valoran, y si consideran que hay desaparición o peligro inminente, activan la alerta dentro de 24 horas. No es automático, pero tampoco puede demorarse.
¿Qué pasa si un policía recibe una denuncia y decide no hacer nada?
Eso ahora tiene consecuencias. Si un funcionario público conoce un caso y omite informarlo u obstruye el procedimiento, enfrenta sanciones por falta grave. También puede haber responsabilidades civiles o penales. La ley cierra la puerta a la negligencia.
¿Cómo funciona el Registro Nacional en la práctica?
Es una base de datos centralizada que la Policía administra. Contiene fotos, descripciones, información médica, todo lo que ayuda a identificar a una persona. Hay una plataforma pública donde la gente puede consultar, pero protegida por leyes de privacidad. Es el corazón del sistema.